¿TE LLEGÓ UN ESTADO DE CUENTA DE “CUOTAS”? PIDE PRIMERO QUE ACREDITEN EL FUNDAMENTO DEL COBRO
Estimados vecinos:
Si reciben un estado de cuenta o requerimiento de pago del denominado “Condominio Hacienda Las Misiones”, sugerimos no entrar en discusiones. Simplemente pidan por escrito que quien pretende cobrar acredite documentalmente de dónde nace la obligación.
No basta demostrar que existe una Asociación Civil, una S.A. de C.V., un Club de Golf o determinadas asambleas. La pregunta es mucho más sencilla:
¿Existe jurídicamente e inscrito ante el Instituto Registral y Catastral de Nuevo León el régimen de propiedad en condominio denominado Hacienda Las Misiones?
Si existe, que proporcionen:
- Folio, partida o número de inscripción y fecha de registro ante el Instituto Registral y Catastral.
- Documento constitutivo e inscrito que acredite el régimen de propiedad en condominio.
- Documento que demuestre que tú propiedad está incorporada a ese régimen.
- Documento que acredite que la persona moral que cobra está legalmente facultada para imponer cuotas obligatorias a los propietarios.
RESPUESTA SUGERIDA
En relación con el estado de cuenta recibido, y sin reconocer adeudo u obligación alguna, solicito se me proporcione constancia del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León que acredite la existencia e inscripción del régimen de propiedad en condominio denominado “Hacienda Las Misiones”, indicando folio, partida, fecha y demás datos registrales.
Asimismo, solicito copia del instrumento constitutivo del régimen, documento que acredite que mi propiedad se encuentra incorporada al mismo y fundamento jurídico mediante el cual la persona moral que pretende cobrar está facultada para imponerme cuotas obligatorias.
Esta solicitud no constituye reconocimiento de adeudo ni aceptación del estado de cuenta.
Agradeceré respuesta documental por escrito.
¿POR QUÉ HACERLO?
Porque así cada propietario deja huella documental.
Si mañana se pretende exigir judicialmente una cuota, quedará constancia de que el vecino pidió oportunamente que se acreditara la existencia jurídica del régimen y la facultad para cobrar, así como de la respuesta —o falta de respuesta— recibida.
No se trata de evadir una obligación legal. Se trata de que quien pretende cobrar demuestre primero que jurídicamente existe.
Guarden el estado de cuenta, su respuesta, el comprobante de envío y cualquier contestación recibida.»
«Hasta que la legalidad se vuelva costumbre»
BOLETÍN INFORMATIVO A LOS PROPIETARIOS DE HACIENDA LAS MISIONES
EL MUNICIPIO CONFIRMÓ POR ESCRITO QUE NO EXISTE PERMISO PARA UN SALÓN DE EVENTOS; SOLICITAMOS ACLARAR EL USO DEL CAMPO DEPORTIVO
Estimados vecinos: Con el propósito de mantenerlos informados sobre las gestiones realizadas para proteger la vocación residencial de Hacienda Las Misiones, les comparto el resultado de la solicitud presentada ante el Municipio de Santiago, Nuevo León. La Secretaría de Desarrollo Urbano respondió oficialmente que: No existe antecedente alguno de licencia, autorización, permiso, registro, expediente administrativo o trámite en proceso relacionado con la autorización para la operación de un salón de eventos, salón de fiestas o establecimiento similar dentro de Hacienda Las Misiones.
Esta respuesta es clara y relevante: No existe permiso. No existe licencia. No existe autorización. No existe expediente. Ni siquiera existe actualmente una solicitud en trámite.
Lo anterior confirma que, al día de hoy, cualquier proyecto para construir u operar un salón de eventos o salón de fiestas dentro de Hacienda Las Misiones carece de autorización municipal.
UNA RESPUESTA QUE QUEDÓ INCOMPLETA
Sin embargo, en su oficio la autoridad señaló también que el “permiso o autorización de origen” relacionado con el inmueble fue expedido por el Gobierno del Estado de Nuevo León, sin identificar: a qué inmueble se refiere; el número de expediente; la fecha de expedición; la autoridad que lo otorgó; ni el uso específico autorizado.
Además, no fue contestada de manera expresa una pregunta fundamental:
¿Existe algún permiso para utilizar y rentar el área conocida como campo deportivo de Hacienda Las Misiones para la celebración de fiestas mediante carpas, incluyendo eventos para personas ajenas al Club de Golf?
Una cosa es la autorización original del desarrollo, del campo de golf o de sus áreas deportivas, y otra muy distinta es contar con permiso para explotar comercialmente esas instalaciones mediante la realización habitual de fiestas y eventos sociales.
PRESENTAMOS UNA RÉPLICA FORMAL Por esa razón, el día de hoy fue presentado un nuevo escrito solicitando la aclaración y complemento de la respuesta municipal.
El documento fue recibido formalmente por: la Presidencia Municipal de Santiago; la Secretaría de Desarrollo Urbano; y la Dirección Jurídica de Desarrollo Urbano.
En esta réplica se solicita que la autoridad responda de manera clara y categórica: A qué “permiso de origen” se refiere y cuál es su contenido. Si dicho permiso autoriza expresamente un salón de eventos o actividad comercial similar. Si existe autorización para rentar el campo deportivo para fiestas y eventos sociales. Si existe licencia de funcionamiento, permiso temporal o cualquier acto administrativo que autorice ese uso.
En caso de no existir autorización, que así se manifieste expresamente por escrito.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE?
Porque la defensa de nuestra colonia debe construirse con documentos oficiales, no con rumores. Ya contamos con una primera respuesta municipal que confirma que no existe permiso ni trámite para un salón de eventos. Ahora corresponde que la autoridad aclare si también carece de autorización la renta y utilización del campo deportivo para fiestas.
Esta información será fundamental para determinar las acciones administrativas o judiciales que procedan si se insiste en modificar, por la vía de los hechos, la vocación residencial de Hacienda Las Misiones.
LOS DOCUMENTOS ESTÁN A DISPOSICIÓN DE LOS VECINOS Para quienes deseen conocer el contenido completo, se adjuntan:
1. La respuesta oficial de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
2. La réplica constitucional presentada; y
3. La portada con los sellos de recibido de las diversas autoridades municipales.
Seguiremos informando con hechos, documentos y absoluta transparencia. La vocación residencial no se cambia con discursos. El uso de suelo no se negocia. La tranquilidad y el patrimonio de nuestras familias se defienden.
NOTA: Ayer un vecino «aguachicolero» me reclamó que por mi culpa había tenido que pagar la multa que puso CONAGUA, porque denuncié el robo de agua, su venta y los pozos irregulares a la FGR; le respondí con respeto:
¿Estás de acuerdo en robarte el agua de la ciudad?
¿Estabas contento sabiendo que usabas agua de pozos sin permiso?
¿Crees o no en el Estado de Derecho?
¿Consideras que era un buen ejemplo para tus hijos las marranadas y tranzas que estaba haciendo el grupo de administración que en tú cara te engañaba de que todo estaba bien?
Si pagaste por el DELITO DE OTROS, es tú problema, a mi no me van a sacar un centavo un grupo delictivo.
Considero que su silencio me dijo que estaba en reflexión.
Si una RATA DE ALCANTARILLA se queja de haber exhibido este fraude que
se hacía en la colonia y se encuentra como ratón enojado conmigo, NO DEBERÍA ESTAR EN ESTE CÓDIGO POSTAL, es corriente y chafa.

La Hacienda Las MISIONES NO ESTÁ EN VENTA

Convocatoria a todos los propietarios
El próximo Martes 7 de julio a las 19:00 horas, en el salón de eventos del Deportivo, se pretende presentar un proyecto para construir un Mega Salón de FIESTAS dentro de nuestra colonia.
Sospechosamente le llaman salón de eventos, en el mensaje del Grupo de Administración de la colonia; CUANDO YA EXISTE UN SALÓN DE EVENTOS.
Dicha sesión es llamada «informativa», no es una asamblea para tomar decisiones, pues el uso de suelo requiere una asamblea extraordinaria al menos simulada, para votar tal cambio de vocación de residencial a comercial dentro de la comunidad.
No estamos hablando únicamente de un edificio.
Estamos hablando del futuro de una colonia concebida y adquirida por cientos de familias como un desarrollo eminentemente residencial.
Lo que está en juego
Un MEGA SALÓN DE FIESTAS implica, entre otros aspectos:
- Incremento considerable del tránsito vehicular.
- Mayor flujo de personas ajenas a la colonia.
- Aumento del ruido y de actividades nocturnas.
- Presión adicional sobre la infraestructura existente.
- Posibles afectaciones a la tranquilidad y seguridad de los residentes.
- Impacto en el valor patrimonial de nuestras propiedades.
- Modificación de la vocación de la propiedad.
Más allá de las opiniones individuales, se trata de una decisión que puede afectar a toda la comunidad y que merece una postura clara del grupo de administración para que aclaren ¿En que equipo juegan?
La voz de los propietarios sin duda se va escuchar en está reunión, pues no se trata de ver maquetas, power points, planos, como sucedió con la BARDA DE LA LAMENTACIONES que violento todos los reglamentos; se trata DE UN CAMBIO PROFUNDO DE USO DE SUELO, lo siguiente sería un oxxo, restaurant, barber shop y venta de camisetas del mundial.
Quienes vivimos en Hacienda Las Misiones somos quienes experimentaremos las consecuencias de cualquier cambio permanente en el desarrollo.
Por la defensa del patrimonio, de la legalidad y de la vocación residencial de Hacienda Las Misiones.
CONFIRMADO. Empiezan JUECES a declarar IMPROCEDENTES DEMANDAS
Estimado vecino:
Durante años, tres propietarios enfrentaron requerimientos de pago, demandas y procedimientos judiciales bajo la premisa de que la estructura jurídica de la Colonia o Cooperativa Las Misiones era clara, indiscutible y plenamente acreditada.
Sin embargo, el tiempo y la investigación documental han comenzado a revelar una realidad mucho más compleja.
Hoy contamos con información que simplemente NO estaba disponible para muchos propietarios años atrás.
Entre ella destacan:
- documentación registral obtenida ante autoridades;
- resoluciones judiciales recientes;
- antecedentes históricos de la propia administración;
- y documentos que evidencian cuestionamientos internos sobre la estructura y representación jurídica que opera en Las Misiones.
¿Qué significa esto?
Significa que hoy los propietarios cuentan con mejores elementos para comprender, analizar y defender sus derechos.
También significa que una demanda no debe interpretarse automáticamente como prueba de que quien demanda tiene razón.
Los tribunales existen precisamente para revisar pruebas, documentos, legitimación, representación y facultades de quienes ejercen acciones legales.
Un hecho relevante
Recientemente, una demanda promovida para el cobro de cuotas fue declarada improcedente.
Más allá del caso concreto, este resultado confirma algo importante:
los jueces revisan cuidadosamente la documentación presentada;
las acciones judiciales deben acreditarse adecuadamente;
y los propietarios tienen pleno derecho a cuestionar, defenderse y exigir certeza jurídica.
Lo que todo propietario debería conocer
Antes de asumir cualquier obligación como indiscutible, es válido solicitar:
- la identidad jurídica exacta de quien cobra;
- las facultades que dice ejercer;
- la cadena de representación correspondiente;
- y la documentación que sustente las obligaciones reclamadas.
La transparencia no debe temerle a las preguntas.
Por el contrario, las respuestas claras fortalecen la confianza de todos.
UNA REFLEXIÓN IMPORTANTE
Nos ha dado gusto observar que cada vez más propietarios se interesan por conocer directamente los documentos, antecedentes y resoluciones relacionadas con Las Misiones.
Durante años, numerosos vecinos simplemente asumieron que todas las estructuras jurídicas y administrativas estaban plenamente acreditadas, como creyeron también que los pozos de agua tenían permisos de CONAGUA.
Hoy, cada vez más propietarios consideran razonable informarse, revisar documentos y comprender con claridad la naturaleza de las obligaciones que les son presentadas.
Es natural que, ante las dudas e inconsistencias que han ido surgiendo, algunos propietarios consideren prudente esperar a que exista mayor certeza jurídica antes de tomar decisiones patrimoniales relevantes.
No se trata de confrontación. Tan es así que se ha invitado en tres ocasiones a debatir en público y en forma respetuosa este asunto con César Luján, quien se ostenta como cabeza de este grupo de administración, teniendo como respuesta un SILENCIO SEPULCRAL
Se trata de transparencia. Se trata de certeza.
Y sobre todo, se trata de que cada propietario pueda tomar decisiones informadas respecto de su patrimonio con pleno conocimiento de los hechos.
Mirando hacia adelante
Buscamos que Las Misiones cuente con reglas claras, certeza jurídica y una representación legítima y transparente para todos los propietarios.
La legalidad no debilita una comunidad. La fortalece.
Y una comunidad fuerte se construye sobre documentos, verdad y confianza; no sobre dudas, suposiciones o silencios.
Nota: Contamos con una contestación base contra cualquier demanda que quiera obligarte a pagar, sabiendo que es a prueba de fuego. Dicha contestación se entregará de manera privada a quién la requiera.
Hasta que el Estado de Derecho se vuelva forma de vida
¿Por qué DESAPARECIÓ la palabra CONDOMINIO?

Estimado vecino,
Durante años se nos dijo que vivíamos dentro de un “Condominio”.
Hoy, silenciosamente, la propia administración comienza a eliminar esa palabra de vehículos, comunicación e imagen institucional.
Ahora somos “Comunidad Las Misiones”.
LA PREGUNTA ES OBLIGADA:
¿Por qué cambiar el término que durante años utilizaron para justificar:
- cuotas obligatorias
- intereses
- multas
- demandas
- embargos
- asambleas
- reglas supuestamente obligatorias?
LA RESPUESTA ES EVIDENTE
Porque cada vez resulta más difícil sostener jurídicamente la existencia de un régimen de condominio que:
NO cuenta con acta constitutiva acreditada
NI registro formal bajo régimen condominal ante el Registro Público de la Propiedad.

LO MÁS DELICADO
A pesar de ello, continúan apareciendo mensajes donde se afirma que:
- el pago es “obligatorio”
- existe “proceso de admisión”
- hay facultades de control sobre propietarios
PUNTO JURÍDICO FUNDAMENTAL
Una Asociación Civil (A.C.):
no convierte automáticamente a una colonia en condominio
ni genera por sí misma obligaciones reales equivalentes a un régimen condominal.
Las asociaciones civiles funcionan bajo esquemas de naturaleza civil y asociativa, cuya incorporación y permanencia tienen características sustancialmente distintas a las de un régimen formal de propiedad en condominio.
RESPONSABILIDAD LEGAL
Hoy la situación jurídica ya ha sido:
- planteada formalmente
- documentada
- notificada legalmente
- e incluso forma parte de procedimientos actualmente en curso.
Por ello:
Cualquier acto futuro que pretenda imponer obligaciones, sanciones o restricciones bajo la figura de un supuesto “condominio”, será necesariamente valorado por las autoridades competentes conforme al marco legal aplicable.
MENSAJE FINAL
Vecino:
No confundas administración con propiedad.
No confundas comunidad con régimen legal.
No confundas costumbre con legalidad.
Y sobre todo:
pide siempre los documentos que acrediten jurídicamente aquello que intentan imponer como obligatorio.
Hasta que se vuelva costumbre la LEGALIDAD
¿Qué hacer si intentan obligarte a pagar como «supuesto condómino»
Estimado vecino,
A estas alturas, muchos propietarios ya se están haciendo la pregunta correcta:
¿Qué debo hacer si me quieren obligar a pagar cuotas como supuesto “condómino”?
La respuesta es simple:
1. PIDE EL ACTA CONSTITUTIVA DEL CONDOMINIO
Solicita formalmente:
copia del acta constitutiva del supuesto
“Condominio Hacienda Las Misiones”
2. PIDE EL REGISTRO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD
No opiniones.
No reglamentos internos.
No asambleas.
Pide el documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad que acredite legalmente la existencia del régimen de condominio.
¿QUÉ VA A PASAR?
Muy probablemente:
NO te entregarán un acta constitutiva de régimen de condominio
En su lugar:
intentarán mostrarte un documento de 1992 realizado ante notario en Allende, Nuevo León.
IMPORTANTE
Ese documento:
corresponde a una S.A. de C.V.
una persona moral privada
Y NO constituye por sí mismo:
un régimen de propiedad en condominio
una escritura constitutiva condominal
un registro de propiedad bajo dicho régimen
PUNTO CLAVE
Si no existe:
- acta constitutiva de condominio
- ni inscripción bajo ese régimen
entonces la existencia jurídica del supuesto “condominio” se encuentra seriamente cuestionada.
SOBRE LA A.C.
También debe preguntarse:
¿con qué fundamento legal una Asociación Civil puede exigir cuotas obligatorias si no existe un régimen formalmente acreditado?
SI RECIBES UNA DEMANDA
Hoy la situación ya es distinta.
La inexistencia de un régimen condominal ya ha sido formalmente planteada y comunicada legalmente.
CONSECUENCIA
Si aun así:
- continúan promoviendo demandas
- exigiendo pagos obligatorios
- imponiendo intereses o sanciones
dichas actuaciones serán necesariamente valoradas por las autoridades competentes dentro de los procedimientos legales y penales actualmente en curso.
PUNTO IMPORTANTE
A partir de este momento:
ya no puede alegarse desconocimiento sobre la controversia jurídica existente.
MENSAJE FINAL
Vecino:
No decidas por miedo.
No pagues sin preguntar.
No aceptes afirmaciones sin documentos.
PIDE SOLO DOS COSAS:
- Acta constitutiva del régimen de condominio
- Registro en el Registro Público de la Propiedad
Si no existen…
cada propietario tiene derecho a cuestionar cualquier obligación que pretenda imponerse.
Infórmate.
Pregunta.
Decide con hechos.
Atentamente,
Se REPITE LA HISTORIA de los pozos de agua irregulares: SILENCIO Y NEGACIÓN AL DEBATE
Estimado PROPIETARIO:
Recordarás LA ALERTA, de que los POZOS DE AGUA estaban irregulares, y que la directiva decía que «todo estaba bien»; ellos optaron por el silencio a las TRES CONVOCATORIAS que el suscrito les hice para debatir públicamente el asunto:
Los propietarios TERMINARON pagando por ese delito con cuotas extraordinarias.
Te pido leer esto con atención, reiterando por TERCERA VEZ, el debate respetuoso al que estoy invitando a César Luján, quien encabeza al grupo de administración, sobre «El INEXISTENTE CONDOMINIO»
El silencio también es una respuesta.
1. PUNTO DE PARTIDA (BLANCO Y NEGRO)
No existe un régimen de propiedad en condominio legalmente constituido
Esto implica:
No existe escritura constitutiva válida de condominio
No existe inscripción en el Registro Público de la Propiedad bajo ese régimen
2. CONSECUENCIA DIRECTA (MUY IMPORTANTE)
En derecho, sin constitución formal:
El condominio NO existe jurídicamente
Y esto cambia TODO.
3. ¿QUÉ PASA CON LAS ÁREAS COMUNES?
En un condominio real:
Las áreas comunes pertenecen a todos en “copropiedad indivisa” (proindiviso)
Pero aquí:
Si no hay régimen de condominio:
No existe jurídicamente el “proindiviso”
No existe claridad legal sobre la titularidad de áreas comunes
No existe un esquema automático de derechos y obligaciones
Traducción clara
Las áreas comunes NO están sustentadas bajo un régimen condominal válido
4. SOBRE LA A.C. Y LAS CUOTAS
Sí existe una Asociación Civil
Pero:
No es un condominio
Por lo tanto:
No puede imponer cuotas obligatorias por ley
No puede asumir facultades de un régimen inexistente
Su participación es, en esencia, de carácter voluntario
5. IMPLICACIÓN CLAVE PARA TODOS
En un condominio legal:
Las cuotas son obligatorias
Aquí:
Esa obligación no nace automáticamente de la ley
6. ¿QUÉ SOMOS EN REALIDAD?
En términos jurídicos, esto se parece más a:
Un fraccionamiento residencial cerrado
Donde:
- La organización depende de acuerdos
- No de imposiciones legales automáticas
- Las supuestas asambleas del llamado «condominio hacienda Las Misiones» carecen de validez legal
7. LO QUE ESTO SIGNIFICA PARA TI
Tienes derecho a:
- Cuestionar la base legal de cualquier cobro
- Exigir claridad jurídica
- Decidir con información completa
Nadie puede asumir automáticamente:
- Que eres condómino
- Que existe un régimen que no está formalmente acreditado
Esto es importante
Cuando se presentan hechos y documentos…
lo mínimo esperable es una respuesta clara. En el momento que este asunto sea público, el valor de nuestro patrimonio puede verse afectado por esta IRREGULARIDAD.
9. MENSAJE FINAL
Vecino:
Esto no es un tema menor.
Es tu propiedad
Es tu certeza jurídica
Es tu patrimonio
DECISIÓN
Hoy hay dos caminos:
- Aceptar lo que se ha dicho por años
- Exigir que todo se aclare conforme a la ley
Nosotros ya tomamos postura:
Legalidad primero.
Infórmate.
Cuestiona.
Decide con hechos.
Hechos que todo propietario de las MISIONES debe conocer.
Apreciado PROPIETARIO de la colonia cerrada Las Misiones; pues te aseguro NO ERES CONDÓMINO.
No te escribo para convencerte. Solo para que tengas información que yo no tuve en su momento.
Ya es momento de hablar claro.
No existe registro legal de un condominio “Hacienda Las Misiones”.
Esto ya no es versión contra versión.
Es información sustentada en autoridades y documentos.
NO ES LA PRIMERA VEZ
Recordemos:
Durante años se aseguró que los pozos estaban regularizados
Después, autoridades confirmaron que no existían esos permisos
Hoy estamos frente a una situación muy similar.
LO QUE ESTÁ PASANDO
Se sigue diciendo que:
- Todo es legal
- Todo está sustentado
- Todo está “ganado”
Pero cuando se pide transparencia…
No hay respuestas
HECHO CLAVE
Se hizo una convocatoria formal y directa a la directiva para un debate público, con documentos sobre la mesa.
No han dado la cara
Cada quien saque sus conclusiones.
POSTURA DE MUCHOS RESIDENTES
No aceptamos que se nos imponga una figura sin sustento legal claro
No aceptamos decisiones basadas en información incompleta
Estamos en nuestro derecho de exigir legalidad
PUNTO CRÍTICO
Esto no es un tema menor:
Es tu patrimonio
Es tu certeza jurídica
Es tu libertad de decidir
FINAL
Aquí hay dos caminos:
- Seguir creyendo lo que se dice
- Exigir pruebas y actuar con información real
Nosotros ya decidimos:
Legalidad primero. Siempre.
Vecinos de Hacienda Las Misiones
Aviso importante: situación legal de “Las Misiones”
Apreciados Vecinos:
Es importante que todos conozcamos la realidad jurídica de lo que se ha manejado como “Condominio Hacienda Las Misiones”.
Ese condominio NO existe legalmente.
Así lo ha confirmado la propia autoridad registral del Estado.
Lo único que existe es una empresa (S.A. de C.V.), lo cual es totalmente distinto a un condominio conforme a la ley.
Consecuencias graves
- Las llamadas “asambleas de condóminos” no tienen un origen jurídico válido
- La Asociación Civil que cobra cuotas no tiene un poder legal claro para obligar pagos
- Se ha operado durante años sin sustento legal sólido
Sobre los juicios
Sí, hubo tres juicios ganados en el pasado, por los presuntos representantes legales.
Pero la verdad es esta:
Se ganaron porque los demandados no tenían información ni pruebas
Hoy eso ha cambiado
En los nuevos casos:
Ya existen pruebas oficiales
Los procesos no han avanzado como antes
Esto ya es penal
Existe una denuncia por fraude
y autoridades están en proceso de imputar a directivos
Esto ya no es opinión:
Es materia de investigación penal
Mensaje claro
Vecinos:
No se dejen confundir por versiones de que “ellos están ganado”.
Eso corresponde al pasado
Hoy el escenario legal es completamente distinto
Lo único que buscamos
No conflicto. No confrontación.
Exigimos legalidad
Exigimos certeza jurídica real
Que, si existe un condominio:
se constituya conforme a la ley
Y si no:
que no se siga operando bajo una representación que no tiene sustento
La verdad ya está saliendo.
Cada propietario debe decidir con información completa.
NOTA: Se ofrece un debate público con cualquier miembro de la directiva o el despacho legal que ustedes pagan para ver si aceptan el reto de LA VERDAD.
